Slider

viernes, 29 de diciembre de 2017

¿PREOCUPA REALMENTE AL EVISMO LA NEGLIGENCIA MEDICA?


A juzgar por la firmeza con la que el presidente Morales y todo el evismo (cocaleros, CONALCAM, Bartolinas, incluidos) defienden las modificaciones a la legislación penal, pareciera que están decididos a jugarse la vida para erradicar la negligencia médica. Es como si en 11 años de gobierno de pronto se hubieran dado cuenta que todos los problemas del sistema de salud se solucionarán criminalizando el ejercicio profesional.

Eso es lo que los evistas quisieran que crea el pueblo, pero, desafortunadamente para el evismo, el presidente Morales ha perdido credibilidad y el pueblo intuye que su firmeza por implantar la nueva legislación penal tiene otra motivación. No es la negligencia médica. Aquí hay “gato encerrado” comentaron ayer avispados dirigentes de la otrora gloriosa COB en un ampliado de dirigentes y exdirigentes.

Y efectivamente, hecho el análisis, “salta la liebre”: Al evismo le interesa un cacahuete la negligencia médica ya que nos han demostrado que el único interés por el que el evismo está dispuesto a todo, es la re-re-re-elección de Evo.

Este razonamiento nos lleva a preguntarnos: ¿Qué relación puede existir entre la re-re-re-postulación del presidente Morales con las modificaciones a la legislación penal? Y ¡oh! Sorpresa, resulta que la nueva legislación penal no solo criminaliza el ejercicio profesional, sino criminaliza al conjunto de la sociedad boliviana ya que aparte del art. 205, mediante el art. 209 se restringe la protesta; el 293 cataloga la protesta como sedición y el 294 criminaliza representar al pueblo y pone el marco legal para perseguir a los líderes ciudadanos no evistas.

¿Y por qué el evismo necesita criminalizar a la sociedad? Sucede que el pueblo ha manifestado mayoritariamente su oposición a la re-re-re-postulación del presidente Morales y esa oposición está plenamente vigente, ya que el fallo del Tribunal Constitucional es nulo de pleno derecho y de aplicación imposible porque el TCP no tiene competencia para anular el art. 168 de la CPE ni el carácter vinculante del 21F. En consecuencia, la única manera que el evismo tiene para lograr la re-re-re-elección del presidente Morales es hacerlo por la fuerza, criminalizando a todo ciudadano que se atreva a cuestionar el carácter trucho de la re-re-re-elección.

Es de esta manera que el conflicto de los médicos pasó a convertirse primero en conflicto de todo el sector salud y hoy se convierte en la lucha del conjunto del pueblo boliviano por hacer respetar su voluntad soberana expresada en la aprobación de la Constitución Política del Estado y el carácter vinculante del referéndum del 21 de febrero en el que el pueblo dijo NO a la re-re-re-postulación.



jueves, 14 de diciembre de 2017

¿ES IRREVERSIBLE EL FALLO DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL?


Si algo ha quedado claramente demostrado con el ilegal fallo del TCP es precisamente que no hay nada irreversible en materia política.
Me explico: en el año 2009 se promulgó la actualmente vigente Constitución Política del Estado, cuyo artículo 168 establece que el presidente solo podrá re-postularse por una sola vez. Tratándose de un proceso constituyente turbulento, que solo pudo concretarse tras el acuerdo sobre dicho artículo, se pensó que la aprobación de dicha Constitución zanjaba definitivamente el asunto desechando definitivamente la propuesta de la reelección indefinida.
En cumplimiento de esta norma, el presidente Morales se re-postuló para las elecciones de 2009.
Según lo establecido en el art. 168 de la Constitución Política del Estado, para las elecciones de 2014 el presidente Morales ya no podía re-re-postularse, sin embargo, logró burlar la prohibición constitucional mediante una “ley de aplicación normativa” que, ilegalmente habilitó su tercera postulación para el período actual que culmina el 2019.
Ahora bien, habiendo agotado todas las argucias para re-re-postularse legalmente, el presidente Morales intentó reformar la Constitución convocando para ello al referéndum del 21 de febrero de 2016. Pero, en dicho referéndum el pueblo mayoritariamente dijo NO a la reforma constitucional del art. 168, quedando de esta manera zanjada la cuestión, puesto que la decisión del soberano expresada en el referéndum tiene carácter vinculante y no hay poder por encima del soberano que revierta dicha decisión.
Muy a pesar de ello y aquí viene la novedad, el presidente Morales mediante un ilegal fallo del TCP, pretende suprimir el art. 168 de la CPE y dejar sin efecto vinculante el referéndum del 21 de febrero de 2016, resoluciones para las cuales no tiene atribución el TCP.

En este sentido, el fallo del TCP constituye una aberración jurídica de imposible aplicación ya que tanto el art. 168 de la Constitución Política del Estado como el carácter vinculante del referéndum están plenamente vigentes. Imponer la re-postulación indefinida mediante esta ilegítima sentencia constitucional es un verdadero golpe judicial que quiebra el orden constitucional. Por tanto, el presidente Morales y sus seguidores se están “limpiando la boca antes de comer”, porque el ilegal fallo del TCP ha nacido muerto y más temprano que tarde el pueblo restablecerá el orden constitucional.