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domingo, 24 de noviembre de 2019

EL FRAUDE CONTRAATACA


Con actas de mesas electorales del trópico de Cochabamba en las manos, voceros del masismo exigen “pruebas del fraude”, ante dicho requerimiento es menester presentar las mismas:

El fraude electoral culminado el 20 de octubre de 2019, es el más escandaloso de la historia de Bolivia ya que no se realizó en un día, sino que se inició en la ciudad de Sucre el 28 de noviembre de 2017 con la habilitación inconstitucional del binomio Evo Morales Ayma – Álvaro García Linera, por parte del Tribunal Constitucional Plurinacional mediante la sentencia 084/2017; dicho documento es la primera prueba del fraude, el mismo que fue cometido por los magistrados Macario Lahor Cortez Chávez; Juan Oswaldo Valencia Alvarado; Zenón Hugo Bacarreza Morales; Mirtha Camacho Quiroga; Neldy Virginia Andrade Martínez y Ruddy José Flores Monterrey. La sentencia suspende la aplicación del artículo 168 de la Constitución, atribuyéndose el Tribunal Constitucional una potestad que solo corresponde a la Asamblea Constituyente y al soberano convocado a referéndum, con el agravante de que el 21F el pueblo se había manifestado expresamente rechazando la modificación de dicho artículo.

La evidente parcialización del Tribunal Supremo Electoral en favor de la candidatura de Evo Morales es otro elemento clave del fraude, porque rompe el principio de igualdad que debe existir en todo proceso electoral. La anulación de facto de las elecciones primarias por parte del TSE, al permitir candidatos que no participaron en las primarias, para favorecer al binomio oficialista, tal el caso del candidato presidencial del PDC y de la candidata vicepresidencial de “Bolivia dice No”, es otra prueba del fraude.

El hecho de haber permitido el uso de bienes y recursos públicos por parte de los candidatos en beneficio de sus campañas no solo es parte del fraude electoral, sino un delito tipificado como uso indebido de bienes del Estado. 

Otra prueba del fraude es la inflación del padrón electoral en los municipios o lugares donde tradicionalmente gana el candidato oficialista, tema ampliamente demostrado por la investigación de Carlos Borth.

Otra prueba del fraude es la interrupción, sin explicación razonable, de la publicación de los datos del TREP entre las 20:10 horas del 20 de octubre y las 19:00 horas del 21 de octubre, hecho observado por la OEA, y que dio lugar a que el mismo día domingo 20 de octubre, el candidato oficialista se declare ganador, siendo así que aún no se tenían resultados oficiales.

Estos hechos y el sin fin de denuncias de suplantación de actas, volteo de datos, sufragio de difuntos, carnets de identidad de tres dígitos, etc., debían ser analizados por la misión de la OEA para recomendar la anulación de las elecciones y el retorno al hilo constitucional que fue roto por la sentencia 0084/2017, que también debiera ser anulada por inaplicable, es decir, lo que corresponde es reparar desde el vicio más antiguo. Son temas que la ciudadanía las tiene muy claros y que se resumen en sus consignas: nuevas elecciones, respeto al voto del 21F que dijo No a la repostulación inconstitucional de Morales y García Linera, nuevo Tribunal Electoral, probo y confiable y el respeto irrestricto a la Constitución Política del Estado.

LAS PRUEBAS DEL FRAUDE



Con actas de mesas electorales del trópico de Cochabamba en las manos, voceros del masismo exigen “pruebas del fraude”, ante dicho requerimiento es menester presentar las mismas:

El fraude electoral culminado el 20 de octubre de 2019, es el más escandaloso de la historia de Bolivia ya que no se realizó en un día, sino que se inició en la ciudad de Sucre el 28 de noviembre de 2017 con la habilitación inconstitucional del binomio Evo Morales Ayma – Álvaro García Linera, por parte del Tribunal Constitucional Plurinacional mediante la sentencia 084/2017; dicho documento es la primera prueba del fraude, el mismo que fue cometido por los magistrados Macario Lahor Cortez Chávez; Juan Oswaldo Valencia Alvarado; Zenón Hugo Bacarreza Morales; Mirtha Camacho Quiroga; Neldy Virginia Andrade Martínez y Ruddy José Flores Monterrey. La sentencia suspende la aplicación del artículo 168 de la Constitución, atribuyéndose el Tribunal Constitucional una potestad que solo corresponde a la Asamblea Constituyente y al soberano convocado a referéndum, con el agravante de que el 21F el pueblo se había manifestado expresamente rechazando la modificación de dicho artículo.

La evidente parcialización del Tribunal Supremo Electoral en favor de la candidatura de Evo Morales es otro elemento clave del fraude, porque rompe el principio de igualdad que debe existir en todo proceso electoral. La anulación de facto de las elecciones primarias por parte del TSE, al permitir candidatos que no participaron en las primarias, para favorecer al binomio oficialista, tal el caso del candidato presidencial del PDC y de la candidata vicepresidencial de “Bolivia dice No”, es otra prueba del fraude.

El hecho de haber permitido el uso de bienes y recursos públicos por parte de los candidatos en beneficio de sus campañas no solo es parte del fraude electoral, sino un delito tipificado como uso indebido de bienes del Estado. 

Otra prueba del fraude es la inflación del padrón electoral en los municipios o lugares donde tradicionalmente gana el candidato oficialista, tema ampliamente demostrado por la investigación de Carlos Borth.

Otra prueba del fraude es la interrupción, sin explicación razonable, de la publicación de los datos del TREP entre las 20:10 horas del 20 de octubre y las 19:00 horas del 21 de octubre, hecho observado por la OEA, y que dio lugar a que el mismo día domingo 20 de octubre, el candidato oficialista se declare ganador, siendo así que aún no se tenían resultados oficiales.

Estos hechos y el sin fin de denuncias de suplantación de actas, volteo de datos, sufragio de difuntos, carnets de identidad de tres dígitos, etc., debían ser analizados por la misión de la OEA para recomendar la anulación de las elecciones y el retorno al hilo constitucional que fue roto por la sentencia 0084/2017, que también debiera ser anulada por inaplicable, es decir, lo que corresponde es reparar desde el vicio más antiguo. Son temas que la ciudadanía las tiene muy claros y que se resumen en sus consignas: nuevas elecciones, respeto al voto del 21F que dijo No a la repostulación inconstitucional de Morales y García Linera, nuevo Tribunal Electoral, probo y confiable y el respeto irrestricto a la Constitución Política del Estado.